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sábado, 6 de junio de 2015

La Buena Prescripción

Aspectos Normativos.

La prescripción es un acto personalísimo, que realiza un profesional de la salud en virtud de una habilitación legal para ejecutar la actividad de protección y recuperación de la salud en el territorio nacional.
En República Dominicana, solo están habilitados para prescribir medicamentos para las personas los médicos- cirujano, cirujano-dentistas y matronas, cada uno en sus respectivos ámbitos de
competencia.

La receta médica es el instrumento asociado a la atención de salud y que materializa la prescripción de los medicamentos requeridos para el apropiado manejo farmacoterapéutico de la patología o síndrome
diagnosticado, así como de las medidas no farmacológicas requeridas para su debida atención. En nuestra legislación, este instrumento ha sido definido (Ley 42-01 ver capítulo II art. 114 – 121, Decreto 246-06
Libro IV capitulo I art. 201 – 225 capítulo II art. 226 – 229 capítulo III art.
243 - 250)


Guía de la Buena Practica de la Prescripción - sábado, 11 de octubre de 2014






Si la SESPAS, el Director técnico tanto hospitalario como ambulatorio se sujetaran a la ley 42-01 articulo 118 párrafo II , se obviaría el error en la prescripción, debido a la existencia física de un personal farmacéutico graduado.


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